Escudo y Bandera

Heráldica

 

DECRETO 253/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Candasnos, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal.

El Ayuntamiento de Candasnos, de la provincia de Huesca, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 30 de noviembre de 2004,

DISPONGO: Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Candasnos, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:

                             

Escudo

Cuadrilongo de base redondeada, cortado y medio partido; 1º de oro, roel de  azur, 2º de gules pleno, 3º de plata pleno; y sobre el partido, cruz de Malta         del uno al otro.

Al timbre, Corona Real cerrada.

 

Bandera

Paño de proporción 2/3, la mitad superior amarilla, con un disco azul en su centro; la mitad inferior dividida verticalmente en dos mitades, roja al asta y blanca al batiente, con una cruz de Malta, centrada en la divisoria, blanca en el campo rojo y roja en el blanco.